columna vertebral del Estado de Derecho

La libertad se establece como columna vertebral del Estado de Derecho

El abogado Jean Paul Simon Arismendi, egresado de la UCAB especializado en el derecho administrativo regulatorio económico y derecho corporativo, ha tratado casos en labor de asesorías en proyectos legislativos referentes a los medios de comunicación venezolanos. Actualmente trabaja en la firma Torres Plaz & Araujo y en esta ocasión los temas de libertad de expresión como columna vertebral del Estado de Derecho desarrollaron esta entrevista.

Para Simon actualmente el título de un delito de opinión es controvertido y no es unánime ya que “hay quienes aseguran que realmente son contra el honor y la imagen de una persona, como lo son la difamación e injuria”. Estos delitos se refieren a toda conducta que realice determinado sujeto en contra del honor y privacidad de una persona vulnerando el espacio privado.

Hoy en día está muy de moda la difamación e injuria y en el caso de los periodistas se puede caer en este tipo de delito si se presenta una situación donde se vulnere la privacidad. Lo que confiere el abogado Simon es que estos delitos han sido discutidos por la Corte Interamericana de DDHH y dependiendo del sujeto afectado ese radio de privacidad se ve restringido o ampliado en función de la imagen que tenga esa persona dentro de una sociedad. “No es lo mismo comentar sobre un funcionario público a que hablen sobre mi o sobre ti”. En este caso el juzgador debe tomar en cuenta todos los elementos para dictar una decisión conforme a la justicia, no se aplica una teoría general para estos delitos, aseguró Simon.

Los límites de la libertad de expresión siempre se encontrarán remitidos a la privacidad, intimidad y el honor de las personas, reiteró el abogado sobre el tema. Un juez debe aplicar un juicio valorativo al tomar una decisión. Estos escenarios se constituyen como obstáculos para el ejercicio pleno de la libertad de expresión.

En principio los periodistas no están obligados a revelar sus fuentes incluso están amparados al secreto profesional así también como nosotros los abogados” refiriéndose al juego del “caso inconcreto” que se presenta hoy en día. Únicamente en situaciones donde la envergadura amerite relevancia un juez puede exigir la revelación de las fuentes, en casos que tuvieren intereses públicos y colectivos.

Medidas punitivas para la prensa nacional

Actualmente se aplica lo que se conoce como “el conflicto entre leyes” y se pone como un tema relevante la especialidad y el carácter orgánico de cada norma jurídica. Según Simon el Código Penal y el Código de Ética del Ejercicio del Periodismo son normas distintas ya que se establecen principios, directrices, postulados y elementos deontológicos a los cuales tiene que apegarse el periodista para ejercer sus funciones. El Código de Ética es una norma de carácter orientativo, en el caso del Código Penal se trata de algo netamente punitivo, el primero tendría preferencia solo si tiene interacciones de tipos penales de no ser el caso estas normas interactúan con el carácter punitivo del segundo.

La legislación hoy en día

El abogado Jean Paul Simon Arismendi concluye haciendo una reflexión a ello “Soy de los que piensa que en un Estado de Derecho la libertad debe ser la columna vertebral y el principio elemental, donde debe girar cualquier otra acción del Estado. La ley de Telecomunicaciones atenta a esta libertad de expresión y consecuentemente afecta a la ciudadanía. En mi opinión debe existir un movimiento de desregulación sobre la intervención del Estado, debe contraerse en estos temas. Necesitamos una legislación que contundentemente proteja el derecho de la libertad de expresión para ampliar el catálogo de garantías para el soberano”.

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